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¿Cuando firmó el seguro con su entidad hipotecaria o directamente con la aseguradora, le informaron de las coberturas y limitaciones y se preocuparon de sus necesidades?
Las entidades de crédito pueden supeditar, y de hecho lo hacen, la concesión de un préstamo a la contratación, por parte del deudor, de un seguro contra daños sobre el bien hipotecado.
De las más de 50 garantías que pueden haber en un seguro de hogar, sólo 5 de ellas y en exclusiva para el continente, son obligatorias según el RD 716/2009 del mercado hipotecario.
Frecuentemente el capital asegurado para el contenido de su hogar es insuficiente o no existe.
Los robos lo son de joyas (muchas veces no aseguradas) y objetos de valor; y para alguna aseguradora un "objeto de valor" es una bicicleta.
Alicatar un baño supera los 2.000 Euros, y hay muchas pólizas con garantías de "daños estéticos" de no más de 600 Euros.
Con algunas pólizas podrá reclamar que le sustituyan el pavimento de una estancia que haya resultado dañado por la caída de un objeto.
Y mucho más.